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Derechos de los ciudadanos de Acceder a la información pública

Derechos de los ciudadanos de Acceder a la información pública

 

  • SOLICITAR  información de cualquier órgano del Estado Dominicano y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal.
  • RECIBIR  información completa, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano del Estado Dominicano y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal.
  • ACCESO  gratuito a la información en tanto que no requiere reproducción de la misma.
  • SOLICITAR, RECIBIR y DIFUNDIR  informaciones pertenecientes a la administración del Estado.
  • CONOCER   los proyectos de reglamentos y otras disposiciones de carácter general que rigen las relaciones entre los particulares y la administración.
  • OPINAR  sobre los proyectos de reglamentos y otras disposiciones de carácter general que rigen las relaciones entre los particulares y la administración.
  • OBTENER  información sobre los servicios que ofrece el Estado y sus tarifas.
  • SABER    la estructura, integrantes, normativas de funcionamiento, proyectos, informes de gestión, y bases de datos de la administración pública.
  • CONOCER   sobre los presupuestos y cálculos de recursos y gastos aprobados, su evolución y estado de ejecución.
  • TENER  información sobre los programas y proyectos, sus presupuestos, plazos, ejecución y supervisión.
  • ESTAR AL TANTO  sobre las licitaciones, concursos, compras, gastos y resultados.
  • ACCEDER  a la nómina del Estado y sus remuneraciones.
  • CONOCER   la declaración jurada patrimonial de los funcionarios del Estado cuando su presentación corresponda por ley.
  • RECIBIR   información sobre el listado de beneficiarios de programas asistenciales, subsidios, becas, jubilaciones, pensiones y retiros.
  • SABER  sobre el estado de cuentas de la deuda pública, sus vencimientos y pagos.
  • BUSCAR    las leyes, decretos, resoluciones, disposiciones, marcos regulatorios y cualquier tipo de normativa.
  • SOLICITAR Y RECIBIR  oportunamente cualquier tipo de documentación
  •  financiera relativa al presupuesto público.

En cumplimiento a la Ley 200-04 y el Decreto 130-05, el acceso a la información se hará efectivo siempre y cuando no afecte la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral pública o el derecho a la privacidad e intimidad de un tercero o el derecho a la reputación de los demás.