Pliego Estándar de Condiciones para la Compra de Tickets para Combustible (Gasolina), Referencia del Proceso: FEDA-CCC-CP-2026-0002

10 abril, 2026

FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO

 PLIEGO ESTÁNDAR DE CONDICIONES PARA LA COMPRA DE BIENES

Compra de Tickets Para Combustibles (Gasolina)

Referencia del Proceso

FEDA-CCC-CP-2026-0002

PROCEDIMIENTO POR CONTRATACIÓN SIMPLIFICADA

SANTO DOMINGO

República Dominicana

Abril del 2026

CONTENIDO

 

SECCIÓN I: INFORMACIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO.. 5

  1. Antecedentes. 5
  2. Objeto del procedimiento de selección. 5
  3. Descripción del bien. 5
  4. Lugar de entrega del(los) bien(es) 5
  5. Tiempo para la entrega del(los) bien(es) 5
  6. Cronograma de actividades. 6
  7. Forma de presentación de ofertas técnicas y económicas “Sobre A” y “Sobre B”. 7

7.1      Ofertas presentadas en formato papel 7

7.2 Ofertas presentadas en formato electrónico vía el SECP. 8

  1. Documentación a presentar. 8
  2. Contenido de la oferta técnica. 9

9.1 Documentación de la oferta técnica “Sobre A”. 9

9.1.1 Credenciales: 9

  1. Contenido de la Oferta Económica. 10

10.1 Documentos de la oferta económica “Sobre B”. 12

  1. Metodología de evaluación. 12

11.1   Metodología y criterios de evaluación de la oferta técnica “Sobre A”. 12

11.1.1 Metodología y criterios de evaluación para la documentación legal 12

11.1.2 Metodología y criterios de evaluación para la documentación financiera. 14

  1. Metodología y criterios de evaluación de oferta económica. 15
  2. Criterio de adjudicación. 16

SECCIÓN II: RECEPCIÓN, APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN.. 16

  1. Recepción de ofertas técnicas “Sobre A” y ofertas económicas “Sobre B”. 16
  2. Apertura de ofertas técnicas “Sobre A”. 17
  3. Evaluación de ofertas técnicas “Sobre A”, aclaraciones y subsanación. 17
  4. Debida diligencia. 18
  5. Apertura y evaluación de las ofertas económicas “Sobre B”. 19
  6. Subsanación de la garantía de seriedad de la oferta. 20
  7. Confidencialidad de la evaluación. 20
  8. Desempate de ofertas. 20
  9. Adjudicación. 21
  10. Garantías del fiel cumplimiento de contrato. 21
  11. Adjudicaciones posteriores. 22

SECCIÓN III: DISPOSCIONES GENERALES PARA EL CONTRATO.. 22

  1. Plazo para la suscripción del contrato. 22
  2. Validez y perfeccionamiento del contrato. 22
  3. Gastos legales del contrato: 22
  4. Vigencia del contrato. 23
  5. Supervisor o responsable del contrato. 23
  6. Entregas a requerimiento. 23
  7. Anticipo y Garantía de buen uso de anticipo. 23
  8. Suspensión del contrato. 23
  9. Modificación de los contratos. 24
  10. Equilibrio económico y financiero del contrato. 24
  11. Condiciones de pago y retenciones. 24
  12. Subcontratación. 25
  13. Recepción de los bienes. 25
  14. Finalización del contrato. 25
  15. Incumplimiento de contrato y sus consecuencias. 26
  16. Penalidades por retraso. 26
  17. Causas de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estado. 26

SECCIÓN IV: GENERALIDADES. 27

  1. Siglas y acrónimos. 27
  2. Definiciones. 27
  3. Objetivo y alcance del pliego. 28
  4. Órgano y personas responsables del procedimiento de selección. 29
  5. Marco normativo aplicable. 29
  6. Interpretaciones. 30
  7. Idioma. 31
  8. Disponibilidad y acceso al pliego de condiciones. 31
  9. Conocimiento y aceptación del pliego de condiciones. 31
  10. Derecho a participar. 32
  11. Prácticas prohibidas. 32
  12. De los Comportamientos Violatorios, Contrarios y Restrictivos a la Competencia. 33
  13. Consultas, solicitud de aclaraciones y enmiendas. 34
  14. Contratación pública responsable. 34
  15. Firma digital 34
  16. Reclamaciones, impugnaciones, controversias y competencia para decidirlas. 35
  17. Anexos documentos estandarizados. 36
  18. Firmas de peritos responsables en el proceso. 36
  19. Firmas de los miembros del Comité de Compras y Contrataciones del FEDA …….37

 

SECCIÓN I: INFORMACIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO

1.       Antecedentes

 El FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, convoca a todos los interesados a presentar propuestas para la Compra de Tickets Para Combustibles (Gasolina), de acuerdo con las condiciones fijadas en las presentes Condiciones Generales. Este documento constituye la base para la preparación de las Ofertas. Si el Oferente/Proponente omite suministrar alguna parte de la información requerida en el presente Pliego de Condiciones Específicas o presenta una información que no se ajuste sustancialmente en todos sus aspectos al mismo, el riesgo estará a su cargo y el resultado podrá ser el rechazo de su Propuesta.

 

2.       Objeto del procedimiento de selección

Constituye el objeto de la presente convocatoria recibir ofertas para la Compra de tickets de combustible (Gasolina), de acuerdo con las condiciones fijadas en el presente pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas.

 

3.       Descripción del bien

Las especificaciones técnicas describen todos los elementos, condiciones, parámetros, y requisitos que deben cubrir los oferentes/proponentes en sus ofertas para ser consideradas, a fines de adjudicación. Se requiere el Compra de tickets de combustible (Gasolina), según las cantidades descritas a continuación:

 

15101506 Gasolina Unidad 2,000  RD$

1,000.00

 RD$                     2,000,000.00
15101506 Gasolina Unidad 7,250  RD$                            500.00  RD$                     3,625,000.00
        TOTAL, COMPRA ESTIMADA  RD$                     5,625,000.00

 

 

4.       Lugar de entrega del(los) bien(es)

 La entrega será en la oficina principal del FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), a requerimiento de la institución hasta agotar el consumo del monto total del contrato.

 

5.       Tiempo para la entrega del(los) bien(es)

El (o los) bien (es) deberá(n) entregarse dentro de los plazos secuenciales y finales establecidos en el contrato.

 

6.       Cronograma de actividades

CRONOGRAMA
ACTIVIDADES PERÍODO DE EJECUCIÓN
1.    Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional 10 de abril del 2026

Hora: 03:00PM

2.    Período para realizar consultas y/o aclaraciones por parte de los(as) interesados(as) 15 de abril del 2026

Hora: 03:00PM

3.    Plazo para emitir respuesta y adendas/enmiendas por parte del CCC o la DAF 17 de abril del 2026

Hora: 10:00AM

4.    Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) 20 de abril del 2026

Desde las 8:00AM hasta las 03:00PM

5.    Apertura, verificación, validación y evaluación del contenido de las Ofertas Técnicas “Sobre A” y homologación-evaluación. 20 de abril del 2026

Hora: 03:20PM

 6.   Informe Preliminar de Evaluación de Ofertas Técnicas ´´Sobre A´´ 22 de abril del 2026

Hora: 04:00PM

7. Notificación de errores u omisiones de naturaleza subsanables y solicitud de aclaraciones a la oferta técnica 24 de abril del 2026

Hora: 04:00PM

8. Período de subsanación para el (la) oferente y de respuesta a las aclaraciones de la oferta técnica. 28 de abril del 2026

Hora: 04:00PM

6.    Período de ponderación (evaluación) de subsanaciones

 

28 de abril del 2026

Hora: 04:00PM

7.  Informe Final de Evaluación de Ofertas Técnicas ´´Sobre A´´ 29 de abril del 2026

Hora: 11:00AM

8.  Notificación de resultados del proceso de subsanación y oferentes habilitados(as) para evaluación de las ofertas económicas “Sobre B” 29 de abril del 2026

Hora: 04:00PM

 9.  Apertura y lectura de Propuestas Económicas “Sobre B 30 de abril del 2026

Hora: 11:00AM

 10.   Periodo de validación y evaluación de las ofertas económicas “Sobre B”

 

30 de abril del 2026

Hora: 11:15AM

11. Informe Final de Evaluación de Ofertas Económicas ´´Sobre B´´ 01 de mayo del 2026

Hora: 04:00PM

12.  Notificación de errores aritméticos, de solicitud de aclaraciones económicas y de solicitud de subsanación de garantía de seriedad de la oferta (Si aplica) 05 de mayo del 2026

Hora: 04:00PM

13.   Aceptación de correcciones de errores aritméticos y de respuesta a las aclaraciones. 07 de mayo del 2026

Hora: 04:00PM

14.   Periodo para subsanar la garantía de seriedad de la oferta. 13 de mayo del 2026

Hora: 04:00PM

 15.  Adjudicación 15 de mayo del 2026

Hora: 04:00PM

 16. Notificación de adjudicación. 18 de mayo del 2026

Hora: 04:00PM

 17.  Plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato 22 de mayo del 2026

Hora: 04:00PM

 18.  Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra 05 de junio del 2026

Hora: 04:00PM

19. Publicación del (los) contrato(s) en los portales: institucional y del SECP (art. 106 Reglamento núm. 416-23) 09 de junio del 2026

Hora: 04:00PM

 

7.       Forma de presentación de ofertas técnicas y económicas “Sobre A” y “Sobre B”

De conformidad con el artículo 105 de la ley núm. 47-25 los(as) oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del SECP, o en formato papel ante la institución contratante en la Av. George Washington # 601, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, en la fecha y hora fijadas en el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregarán para su análisis por parte de los(las) peritos designados(as).

 

7.1   Ofertas presentadas en formato papel

De conformidad con el artículo 105 de la ley núm. 47-25 los(as) oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del SECP, o en formato papel ante la institución contratante en la Av. George Washington #601, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, en la fecha y hora fijadas en el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones.

Los documentos contenidos en el “Sobre A” y en el “Sobre B”, deberán ser presentados tanto en original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página del ejemplar, junto con Tres (03) fotocopia(s) simple(s) de los mismos, debidamente marcada en su primera página, como “COPIA” y en ella deberá constar en la primera página la firma original del (la) oferente y de ser una persona jurídica la firma del representante legal y el sello social de la compañía.

De igual forma, el original deberá firmarse en todas las páginas por el(la) oferente y estar foliadas, y cuando se trate de una persona jurídica deberá estar firmada por el (la) representante legal y llevar el sello social de la compañía.

Tanto el “Sobre A” como el “Sobre B” deberán contener en su cubierta la siguiente identificación:

NOMBRE DEL(LA) OFERENTE/PROPONENTE (Sello Social)

Firma del (la) Representante Legal

COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO

IDENTIFICACIÓN DEL TIPO DE SOBRE (Sobre A o Sobre B)

REFERENCIA: FEDA-CCC-CP-2026-0002

 

No se recibirán sobres que no estuviesen debidamente cerrados e identificados según lo dispuesto anteriormente.

 

7.2    Ofertas presentadas en formato electrónico vía el SECP

Los(as) oferentes que presenten sus propuestas mediante el SECP, clasificarán la documentación requerida marcando cual pertenece al contenido de la oferta técnica que aparecerá denominado como “Sobre 1” y otro contentivo de la oferta económica “Sobre 2”.

Las ofertas presentadas en soporte electrónico deberán estar firmadas por (la) oferente o de ser una persona jurídica la firma del representante legal y el sello social de la compañía.

En caso de que un interesado presente oferta tanto en formato electrónico como soporte papel, será considerada solamente la oferta electrónica. De existir discrepancias entre lo digitado en el SECP y la documentación cargada en este mismo portal, prevalecerá el documento cargado por el oferente, siempre que esté firmado por el oferente y además sellada cuando se trate de una persona jurídica.

 

8.       Documentación a presentar

La documentación solicitada vinculada al objeto de la contratación será analizada y evaluada por los peritos designados para constatar la elegibilidad, capacidad técnica, financiera y la idoneidad del oferente para ejecutar el contrato.

El oferente/proponente es responsable de la exactitud y veracidad del contenido de los documentos que forman su oferta. Todos los documentos entregados en papel mediante Sobres cerrados y sellados o formato electrónico cargado en el SECP deben llevar la rúbrica/ firma del(la) oferente o de su representante legal, apoderado(a) o mandatario(a) designado(a) para dicho fin.

 

 

9.       Contenido de la oferta técnica

9.1 Documentación de la oferta técnica “Sobre A”

 9.1.1 Credenciales:

  1. Documentación Legal:

 Formulario de Presentación de Oferta (SNCC.F.034)

  • Formulario de Información sobre el Oferente (SNCC.F.042)
  • Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
  • Estar al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
  • Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial 15101506 Combustibles Gasolina.
  • Copia del Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente (vigente).
  • Copia de los Estatutos sociales vigentes, debidamente registrados en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
  • Copia de la nómina de accionistas y acta de la última asamblea realizada mediante la cual se designe expresamente el actual gerente o consejo de administración, según aplique, que tiene potestad para firmar contratos a nombre de la empresa participante, debidamente registrada en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
  • Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones establecidas en el artículo 38 y 39 de la Ley núm. 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.
  • Licencias y/o permisos correspondientes del Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM) (verificar la licencia que corresponde, dependiendo de si se trata de una compra a granel o se consumirá directamente en las estaciones de expendio del proveedor; recomendamos leer en la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación de Combustible, el cuadro sobre las principales licencias emitidas por el MICM para la comercialización de combustibles y consultar a dicho órgano rector en caso de dudas).
  • Documento de identidad del oferente y/o representante y/o de los directivos, representantes y accionistas principales que representen más del 10% del capital social.

 

  1. Documentación financiera:

 Copia de las Declaraciones Juradas Anuales del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades y Personas Físicas presentadas ante la Dirección General de Impuestos Internos (Formularios IR-1 e IR-2)

  • Estado(s) Financiero(s) de los dos (02) Últimos periodos de los último(s) ejercicio(s) contable(s) consecutivo(s) 2024/2025, certificado(s) por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado), donde se verificará lo siguiente:

 C) Documentación técnica: [NO SUBSANABLE]

1- Especificaciones Técnicas de los Tickets (incluir fotografías).

2- Listado de estaciones, donde se puedan utilizar los tickets

3- Formulario de Experiencia del Proveedor (SNCC.D.049).

4- Documentos que acrediten experiencia en el suministro del rubro en el cual participa (incluir copias de facturas, contratos u órdenes de compras)

Para los consorcios: En adición a los requisitos anteriormente expuestos, los consorcios deberán presentar un Acuerdo o Promesa de consorcio, el cual debe incluir: Las generales actualizadas de los(as) consorciados(as): El objeto del consorcio, las partes que lo integran; Las obligaciones de las partes; La capacidad de ejercicio de cada miembro del consorcio, así como la solvencia económica y financiera y la idoneidad técnica y profesional; Designación del(la) representante o gerente único(a) del consorcio; Reconocer la responsabilidad solidaria de los(as) integrantes por los actos practicados en el consorcio, tanto en la fase de selección, como en la de ejecución del contrato; Registro de Proveedores del Estado (RPE) Provisional del Consorcio; Hacer constar que las personas físicas y/ o jurídicas que lo componen no presentarán ofertas en forma individual o como integrantes de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo objeto de la contratación.

 

10.   Contenido de la Oferta Económica

 Precio de la oferta

Los precios cotizados por el oferente en el Formulario de Presentación de Oferta Económica deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. No deberán presentar alteraciones ni correcciones, ni tachaduras.

 El oferente/proponente cotizará el precio del bien o producto, de manera individual y global, según corresponda. Este precio deberá expresarse en dos decimales (XX.XX), inclusión de todos los gastos, tasas, divisas e impuestos transparentados y explícitos según corresponda. El oferente será responsable y pagará todos los impuestos, derechos de aduana, o gravámenes que hubiesen sido fijados por autoridades municipales, estatales o gubernamentales, dentro y fuera de la República Dominicana, relacionados con los bienes a ser suministrados.  

 Debido a que el precio del combustible es fijado semanalmente por el Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM), los oferentes deben presentar su oferta económica sobre la base del monto estimado de la contratación y, a su vez, indicar el porcentaje de descuento ofertado.

 

  1. Moneda de la oferta

 El precio en la oferta deberá estar expresado en moneda nacional, (pesos dominicanos, RD$).

 

  1. Plazo mantenimiento de oferta

Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el día 5 del mes de junio del año 2026.

Se podrá solicitar a los(as) oferentes/proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus ofertas, con indicación del plazo. Los(as) oferentes/proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus ofertas. Aquellos(as) que la consientan no podrán modificar sus ofertas y deberán ampliar el plazo de la garantía de seriedad de oferta oportunamente constituida.

 

  1. Garantía de seriedad de la oferta

Con la finalidad de garantizar que los oferentes y eventuales adjudicatarios no retiren sin causa justificada las ofertas presentadas en el procedimiento de selección y para proteger al FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), ante dicho incumplimiento, los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección como está establecido en el Artículo 203 del Reglamento 52-26.

  • Póliza De Fianza por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta a presentar.
  • En la misma moneda de la oferta, dígase en pesos dominicanos, RD$
  • En beneficio de FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA)
  • Incondicional, irrevocable y renovable;
  • Con una vigencia del 20 de abril al 5 de junio del 2026.
  1. Devolución y ejecución de garantía de seriedad de la oferta

Las garantías son devueltas a los oferentes o adjudicatarios, según corresponda, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, según las particularidades establecidas en el artículo 219 del Reglamento 52-26

La ejecución de las garantías según las particularidades establecidas en el artículo 216 del Reglamento 52-26

El procedimiento para la ejecución de las garantías según las particularidades establecidas en el artículo 217 del Reglamento 52-26

 

10.1 Documentos de la oferta económica “Sobre B”

 Los oferentes deberán presentar en su oferta económica “Sobre B”, los siguientes documentos:

  • Formulario de Presentación de Oferta Económica (SNCC.F.033) o Cotización firmada y sellada en Un (1) original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página de la Oferta, junto con TRES (03) fotocopias simples de la misma. El original deberá estar firmado en todas las páginas por el Representante Legal, debidamente foliadas y deberán llevar el sello social de la compañía. Las copias deben ser fiel al original y solo deben estar firmadas y selladas en la primera página
  • Garantía de la Seriedad de la Oferta, con los requisitos y condiciones establecidos en el presente pliego de condiciones. [subsanable].
  • Una declaración jurada o certificación de “oferta libre de colusión”, en la que el oferente certifique que la oferta presentada es auténtica, se ha realizado de buena fe y con la intención de aceptar la adjudicación del contrato con la entidad contratante, declarando que dicha oferta se encuentra exenta de cualquier tipo de conducta o práctica colusoria, como está establecido en el artículo 108 numeral 3 de la Ley 47-25.

11.   Metodología de evaluación

Para evaluar la documentación solicitada a los oferentes y verificar si las ofertas cumplen sustancialmente con lo solicitado en el pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas, los peritos designados aplicarán la metodología y criterios de evaluación establecidos en esta sección y así determinar la oferta más conveniente para fines de adjudicación, suscripción y ejecución del contrato.

11.1  Metodología y criterios de evaluación de la oferta técnica “Sobre A”

Las ofertas técnicas deberán contener toda la documentación requerida en el numeral 9.1 sobre “Documentos de la oferta técnica “Sobre A” de este pliego, de manera que los(as) peritos designados al momento de evaluar puedan examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes/proponentes y determinar si una oferta cumple o no con lo requerido, bajo la metodología Cumple/No cumple.

De no cumplirse con uno cualquiera de los requerimientos, el oferente/proponente quedará descalificado y en consecuencia su oferta será desestimada, lo cual será documentado y motivado en el correspondiente informe de evaluación técnica emitido por los peritos evaluadores designados. La institución agotará el proceso de debida diligencia conjuntamente con las fases de evaluación.

11.1.1 Metodología y criterios de evaluación para la documentación legal

La documentación legal debe permitir validar la elegibilidad del oferente/proponente, es decir, que las personas física o jurídica está legalmente autorizado y habilitado para realizar las actividades comerciales solicitadas en el país, y su vez, para presentar ofertas. Esta documentación solo podrá ser evaluada bajo la metodología CUMPLE / NO CUMPLE. Tendrá carácter subsanable conforme a lo establecido en la sección 9.1.1 sobre “a) Documentación legal” siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta. El esquema de evaluación será el siguiente:

  Criterio a evaluar: Elegibilidad
 

No.

Documento a evaluar Cumple

 

No Cumple

 

1 Formulario de Presentación de Oferta (SNCC.F.034)    
2 Formulario de Información sobre el Oferente (SNCC.F.042)    
3 Certificado de Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).    
4 Certificado de Estar al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).    
5 Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial 15101506  – Combustibles Gasolina    
6  Copia del Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente (vigente)    
7 Copia de los Estatutos sociales vigentes, debidamente registrados en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.    
8 Copia de la nómina de accionistas y acta de la última asamblea realizada mediante la cual se designe expresamente el actual gerente o consejo de administración, según aplique, que tiene potestad para firmar contratos a nombre de la empresa participante, debidamente registrada en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.    
9 Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones establecidas en el artículo 38 y 39 de la Ley núm. 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.    
10 Licencias y/o permisos correspondientes del Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM) (verificar la licencia que corresponde, dependiendo de si se trata de una compra a granel o se consumirá directamente en las estaciones de expendio del proveedor; recomendamos leer en la Guía de Buenas Prácticas para la Contratación de Combustible, el cuadro sobre las principales licencias emitidas por el MICM para la comercialización de combustibles y consultar a dicho órgano rector en caso de dudas).    
11 Documento de identidad del oferente y/o representante y/o de los directivos, representantes y accionistas principales que representen más del 10% del capital social.    

 

11.1.2 Metodología y criterios de evaluación para la documentación financiera

La evaluación de las ofertas económicas será bajo la metodología Cumple/ No cumple de lo establecido a continuación:

  Documentación financiera
 

 

Criterio a evaluar Documento a evaluar Cumple

 

No Cumple

 

 

12

Copia de las Declaraciones Juradas Anuales del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades y Personas Físicas presentadas ante la Dirección General de Impuestos Internos Formularios (IR-1 e IR-2)

 

   
13 Estado(s) Financiero(s) de los años 2024 (dos mil veinticuatro) y 2025 (dos mil veinticinco) de los último(s) ejercicio(s) contable(s) consecutivo(s), certificado(s) por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado). Estado(s) Financiero(s) auditados    
  Propuesta técnica
  Criterio a evaluar Documento a evaluar  

Cumple

 

No Cumple
 

14

Que el oferente cumpla con lo requerido en las especificaciones técnicas. Especificaciones Técnicas de los Tickets (incluir fotografías).    
15 Que el oferente demuestra que cuenta con el mayor número de estaciones de expendio en las zonas urbanas de las provincias del país. Listado de estaciones, donde se puedan utilizar los Tickets.    
16  

Que el oferente detalle las contrataciones con las entidades contratantes y si fue responsable principal o subcontratista.

Formulario de Experiencia del Proveedor (SNCC.D.049).    
17 Que el oferente demuestra que posee experiencia en el objeto de la presente contratación. Documentos que acrediten experiencia en el suministro del rubro en el cual participa (incluir copias de facturas, contratos u órdenes de compras)    
  • Las ofertas deberán contener la documentación técnica solicitada “documentación técnica” para demostrar los requerimientos exigidos en las especificaciones técnicas y/o fichas descritas en este pliego (con sus anexos), la cual será evaluada bajo la metodología Cumple/No cumple
  • En la metodología de evaluación Cumple/No cumple, todos los documentos referidos en el presente pliego “Documentación técnica” se convierten en habilitantes y obligatorios de la oferta y deberán ser cumplidos totalmente para que los oferentes puedan resultar habilitados para la segunda etapa, es decir, para la apertura y evaluación de las ofertas económicas.

 

La forma de evaluación será la siguiente:

 

12.    Metodología y criterios de evaluación de oferta económica

 

La evaluación de las ofertas económicas será bajo la metodología Cumple/ no cumple.

 

Criterio a Evaluar Documento Para Evaluar Cumple No Cumple
Garantía de la Seriedad de la Oferta. Correspondiente a una Póliza de Fianza por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta presentada. La vigencia de la garantía deberá ser del 20 de abril al 5 de junio del 2026. Esta deberá ser presentada mediante póliza expedida por una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia de Seguros a operar en la República Dominicana. Garantía de seriedad de la oferta presentada    
Oferta Económica presentada en pesos dominicanos (RD$). Los precios deberán expresarse en dos decimales (XX.XX) que tendrán que incluir todas las tasas, impuestos y gastos que correspondan, transparentados e implícitos según corresponda y en la unidad de medida establecida en el Formulario de Oferta Económica SNCC.F.033 sin alteraciones ni correcciones y/o Cotización. Formulario de Oferta Económica SNCC.F.033 presentado y/ o

Cotización firmada y sellada.

   
Porcentaje de descuento Formulario de Oferta Económica SNCC.F.033 presentado, y/o Cotización firmada y sellada.    

 

13.    Criterio de adjudicación

La Adjudicación será decidida a favor del oferente:

1) Que haya sido habilitado para la apertura de su oferta económica

2) Que presente el menor precio ofertado que será traducido como mayor descuento en porcentaje sobre el valor del monto ofertado.

3) Que la cobertura de estaciones de expendio alcance el mayor número de zonas urbanas de las provincias del país

4) Que su garantía de seriedad de la oferta cumpla con los requerimientos establecidos en este pliego de condiciones.

En caso de existir un único proveedor habilitado con una oferta económica inicial presentada, la institución contratante podrá adjudicar directamente a dicho proveedor, siempre y cuando cumpla con las condiciones establecidas en el pliego de condiciones

 

SECCIÓN II: RECEPCIÓN, APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN

 

1.       Recepción de ofertas técnicas “Sobre A” y ofertas económicas “Sobre B”

De conformidad con el artículo 113 numeral 1 y 5 de la Ley 47-25 este procedimiento de Contratación Simplificada, para la Compra de Tickets Para Combustibles (Gasolina) con el número de Referencia FEDA-CCC-CP-2026-0002, la recepción, apertura y evaluación de las ofertas se llevará a cabo en dos etapas:

  • Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indica das en el pliego de condiciones;

5) Las ofertas económicas o “Sobres B” no podrán ser conocidas hasta la fecha y hora fijadas para su apertura y lectura, la cual deberá ser distinta y posterior a la apertura y evaluación final de las ofertas técnicas o “Sobres A”;

Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta de la fecha prevista en el cronograma para la fecha de presentación de la oferta.

Cuando se trate de ofertas electrónicas recibidas por el SECP, el sistema de forma automática se registra la fecha y hora de la recepción de las ofertas, manteniéndolas encriptadas, sin posibilidad de que se conozca su contenido hasta que la institución contratante realice la apertura, en la fecha y hora fijadas en el cronograma de actividades previsto en el presente pliego de condiciones.

Cuando se trate de ofertas en formato o soporte papel, la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones (UOCC) será responsable de recibirlas, custodiarlas y de elaborar y llevar registro de oferentes con nombre, fecha y hora. Cada oferente tendrá derecho a recibir un conduce de recepción de oferta entregada.

Una vez pasada la hora establecida para la recepción de los sobres de los oferentes/proponentes, no se aceptará la presentación de nuevas propuestas, aunque el acto de apertura no se inicie en la fecha y/o en la hora señalada en el pliego de condiciones.

2.       Apertura de ofertas técnicas “Sobre A”

La apertura de las ofertas técnicas recibidas ya sea en formato papel o electrónico se realizará en acto público en presencia del CCC y del Notario Público actuante y de los oferentes que deseen participar para quienes la asistencia será voluntaria y nunca obligatoria, en la fecha, lugar y hora establecidos en el cronograma de actividades y a través de Microsoft Teams, mediante la cual será transmitido de manera simultánea (en vivo) el acto de apertura y la forma de acceso.

Concluido el acto de apertura, el Notario Público actuante dará por cerrado el mismo, indicando la hora de cierre. Las actas notariales deberán ser publicadas en el SECP a los fines de que estén disponibles para consulta de todos los interesados.

3.       Evaluación de ofertas técnicas “Sobre A”, aclaraciones y subsanación

Los peritos designados para la evaluación, procederán a la validación y verificación de los documentos de la oferta técnica o “Sobre A” evaluando conforme a la metodología y criterios establecidos en el numeral 11.1 Metodología y criterios de evaluación de la oferta técnica “Sobre A”.

Ante duda sobre la información presentada, los(as) peritos podrán solicitar hasta antes de emitir el informe definitivo, mediante acto administrativo emitido por el CCC o la DAF, según corresponda y notificado por la UOCC al (la) oferente, las aclaraciones en los términos del artículo 106 y sus párrafos del Reglamento núm. 52-26, de la Ley núm. 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; que considere necesarias y comprobar la veracidad de la información recibida, cursándole del mismo modo.

Los peritos emitirán un informe preliminar de evaluación técnica en el cual se indicará si las ofertas cumplen con los criterios establecidos en este pliego o si existen desviaciones, reservas, omisiones o errores de naturaleza o de tipo subsanables de conformidad con la normativa.

En los casos en que se presenten desviaciones, reservas, omisiones o errores de naturaleza o tipo subsanables, la institución contratante mediante los peritos procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 106 y sus párrafos del Reglamento núm. 52-26, de la Ley núm. 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; para solicitar, mediante acto administrativo emitido por el CCC o la DAF, según corresponda y notificado por la UOCC a los oferentes, las subsanaciones en el plazo previsto en el cronograma de actividades.

Este informe también será publicado en el SECP y notificado a todos los oferentes participantes y contendrá los elementos a subsanar y el resultado de la ponderación preliminar.

Concluido el plazo para las subsanaciones, los(as) peritos emitirán un informe definitivo de evaluación técnica conforme al documento estándar que describirá de manera pormenorizada la evaluación realizada a todas las ofertas recibidas, su ponderación, nivel de cumplimiento, si agotó fase de subsanación y la recomendación, con base en los criterios establecidos, de los(as) oferentes que deben ser habilitados para la evaluación de sus ofertas económicas. El CCC aprobará si procede el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas.

A los oferentes cuyas ofertas técnicas no hayan superado los mínimos establecidos en el pliego de condiciones, les serán devueltas sus ofertas económicas sin abrir si fueron recibidas en soporte papel, y si fueron recibidas a través de SECP permanecerán sin abrir encriptadas y sin ser ponderadas.

Todos los informes de evaluación y el acto de aprobación del CCC o la DAF (según corresponda) así como las notificaciones de subsanación y las subsanaciones realizadas en plazo, se harán constar en el SECP aun hayan sido recibidas en formato papel o físico.

4.       Debida diligencia

El FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), para reducir la exposición de este procedimiento de contratación a riesgos legales, operativos, financieros, tecnológicos, antrópicos, económicos, de corrupción, de integridad, reputaciones, de lavado de activos, de conflictos de interés, de colusión, entre otros, durante la fase de evaluación técnica se llevará a cabo la debida diligencia a los oferentes participantes como medida de mitigación para los diversos riesgos asociados con el procedimiento, garantizando la integridad, transparencia y legalidad de este.

En ese sentido, El FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), se reserva la facultad de realizar el proceso de debida diligencia dentro del marco de la presente contratación a fin de:

  • Comprobar y verificar la identidad del proveedor sobre la base de documentos, datos o informaciones obtenidas de fuentes fiables e independientes;
  • Identificar al Beneficiario Final de la empresa proveedora;
  • La existencia o no de procesos judiciales actuales o pasados vinculados a delitos contra la administración pública, lavado de activos y otros;
  • Constatar errores o escrituras similares en los documentos presentados por diferentes empresas en el procedimiento de contratación;
  • Identificar coincidencias en algunos de los datos suministrados por distintos proveedores tales como: domicilio accionistas, teléfonos, entre otros:
  • Validar los permisos, licencias o autorizaciones de entidades competentes como Dirección General de Impuestos Internos o las Cámaras de Comercio y Producción, que administran el Registro Mercantil, entre otros;
  • Prevenir vulneraciones al régimen de inhabilidades para contratar con el Estado, establecido en el artículo 38 y 39 de la Ley núm. 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones;
  • Determinar posibles vinculaciones entre oferentes y funcionarios públicos de la organización para gestionar posibles conflictos de interés;
  • Identificar propuestas idénticas en el procedimiento de contratación;
  • Detectar si una Persona Expuesta Políticamente (PEP) es accionista o socia de una persona jurídica, la cual, a su vez se encuentra participando en el procedimiento.
  • Determinar la presencia de empresas recién constituidas en un procedimiento de contratación, que no presentan la capacidad financiera para ser adjudicadas, a la vez que se asocian a un mismo proponente.

Si durante la realización de la debida diligencia, se determina que el oferente está sujeto a inhabilidades, ha proporcionado información falsa, o ha manipulado o falsificado documentos, así como participado en prácticas de colusión, coerción u obstrucción, la entidad contratante deberá comunicar al oferente por escrito la existencia de tales indicios. Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado.

Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo estipulado, no se refiere a lo solicitado o no logra demostrar la inexactitud de los indicios identificados, quedará descalificado. En consecuencia, su oferta será desestimada, lo cual será documentado y motivado en el correspondiente informe de evaluación técnica, sin perjuicio de las demás acciones civiles, administrativas y penales que pudieran corresponder.

 

5.       Apertura y evaluación de las ofertas económicas “Sobre B”

Posterior a la evaluación técnica y al conocer los oferentes habilitados para el examen de la propuesta económica se convocará nueva vez en la fecha establecida en el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, a un acto público con el CCC y oferentes habilitados y el Notario Público para abrir las ofertas económicas recibidas en formato o soporte papel y para desencriptar las ofertas enviadas electrónicamente vía la plataforma SECP.

Se entregará a los peritos las ofertas económicas para que las evalúen y recomienden la adjudicación conforme a la metodología y criterios establecidos en este pliego junto a la garantía de seriedad de la oferta, en caso de ser un oferente MIPYMES no se requerirá la garantía de seriedad de oferta, según lo establecido en el Artículo 175 numeral 2 de la 47-25.

En la fase de evaluación de las ofertas económicas los peritos también podrán solicitar aclaraciones en los términos del artículo 122 y sus numérales del Reglamento núm. 52-26 vinculada a éstas, siempre que se realicen en el plazo establecido en el cronograma de actividades de este pliego.

Del mismo modo, los peritos podrán aplicar correcciones de errores aritméticos, en los términos y condiciones del artículo 122 del citado Reglamento. Dichas correcciones luego de realizadas deberán ser expresamente aceptadas por lo oferentes en los plazos establecidos en el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones. Si el oferente no acepta las correcciones su oferta será rechazada lo cual será documentado y motivado en el correspondiente informe de evaluación emitida por los peritos evaluadores designados.

Los resultados de la evaluación se presentarán mediante informe de evaluación de ofertas económicas conforme al documento estándar informe pericial debidamente motivado y con los detalles de la evaluación de cada oferta de forma individualizada, en el que se incluirá un reporte de lugares ocupados que indiquen el orden de preferencia, para fines de adjudicación y suplencia, ante un eventual incumplimiento del(la) adjudicatario(a), o en su defecto, se recomiende la declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento.

 

6.       Subsanación de la garantía de seriedad de la oferta

La garantía de seriedad de la oferta podrá ser subsanada en estos casos dos casos:

  • Cuando contiene errores materiales o en la moneda solicitada y;
  • Cuando resulte en un monto insuficiente, producto de una corrección aritmética realizada a la oferta económica.

Verificada una de estas situaciones, los peritos deberán solicitar antes de emitir el informe de evaluación de ofertas económicas, mediante acto administrativo emitido por el CCC, y notificado por la UOCC, que el oferente subsane la garantía de seriedad de la oferta, quien deberá presentarla en el plazo señalado en el cronograma de actividades del pliego de condiciones, en caso contrario, su oferta será desestimada, lo cual será documentado y motivado en el correspondiente informe.

 

7.       Confidencialidad de la evaluación

La información relativa al contenido de las ofertas, las subsanaciones, solicitudes de aclaraciones y las evaluaciones realizadas por los peritos no serán reveladas a los oferentes ni a otra persona que no participe oficialmente en el procedimiento, hasta tanto el CCC, haya aprobado los informes de evaluación de ofertas emitidos, los cuales deberán ser publicados en  el SECP y notificarse directamente a todos los oferentes participantes, de conformidad con los artículos 120 y 125 del Reglamento núm. 52-26.

 

8.       Desempate de ofertas

En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá con la adjudicación mediante una selección al azar, tipo sorteo, el cual se llevará a cabo de manera pública, con los oferentes empatados, el CCC y en presencia de Notario Público, quien certificará el acto.

 

9.       Adjudicación

El CCC, luego del proceso de verificación y validación del informe de evaluación y recomendación de adjudicación emitida por los peritos y, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base en los criterios y condiciones establecidos en el pliego de condiciones, aprueban el informe y emiten el acto contentivo de la adjudicación. Tanto el informe de los peritos como el acta del CCC deberán publicarse inmediatamente en el SECP.

La UOCC deberá notificar el acto de adjudicación y sus anexos, si tuviese, incluido el informe de evaluación de los peritos a todos los oferentes participantes, conforme al procedimiento y plazo establecido en el Cronograma de Actividades de este pliego.

En el evento de que el adjudicatario se negase de forma injustificada a presentar la garantía de fiel cumplimiento y a suscribir el contrato, el CCC, ejecutará la garantía de seriedad de la oferta siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 216 del Reglamento núm. 52-26.

10.   Garantías del fiel cumplimiento de contrato

Para poder suscribir el contrato el(la) o los(las) adjudicatarios(as) deberán constituir previamente una garantía de fiel cumplimiento de contrato en favor del FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), para asegurar que cumplirá con las condiciones y cláusulas establecidas en el pliego de condiciones y en el contrato  y que los bienes sean entregados de acuerdo con las condiciones y requisitos previstos en pliego de condiciones, las especificaciones técnicas, la oferta adjudicada y el propio contrato.

En esos casos, corresponderá al adjudicatario presentar en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles una garantía de Póliza de Fianza por el equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación. Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME, el equivalente será uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación y solo le será exigida la fianza de seguro.

La vigencia de la garantía será de mínimo de Doce (12) MESES contados a partir de la constitución de esta y hasta el fiel cumplimiento y hasta la liquidación del contrato.

Si el o los adjudicatarios no presenta la garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazo señalado, se considerará una renuncia a la adjudicación que dará paso a que la institución contratante ejecute su garantía de seriedad de la oferta y proceda a realizar una adjudicación posterior al oferente que haya quedado en segundo lugar, conforme al reporte de lugares ocupados.

La garantía de fiel cumplimiento será devuelta luego de la recepción conforme de los bienes contratados.

11.   Adjudicaciones posteriores

En caso de incumplimiento del oferente adjudicatario, de no presentar la garantía de fiel cumplimento o de rechazar suscribir el contrato, se procederá a solicitar, mediante “Carta de Solicitud de Disponibilidad”, al oferente en segundo lugar, de conformidad con el reporte de lugares ocupados, que certifique si está en capacidad de ejecutar el servicio. Dicho Oferente/Proponente contará con un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, para responder la referida solicitud. En caso de respuesta afirmativa, el(la) Oferente/Proponente deberá presentar la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato, como se requiere en el apartado para suscribir el contrato.

En caso de que el oferente en segundo lugar no acepte ejecutar el contrato, así como sucesivamente ninguno de los demás oferentes del reporte de lugares, el CCC declarará el procedimiento desierto mediante acto administrativo debidamente motivado e iniciará la convocatoria a un nuevo procedimiento de selección.

SECCIÓN III: DISPOSCIONES GENERALES PARA EL CONTRATO

 

1.       Plazo para la suscripción del contrato

El contrato entre EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA) y el adjudicatario deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, el cual no deberá ser mayor a diez (10) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, de conformidad con el artículo 134 de la Ley Núm. 47-25.

2.       Validez y perfeccionamiento del contrato

El contrato será válido cuando para su suscripción se haya cumplido con ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de adjudicación y la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato hayan sido satisfechas.

El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, en el caso de las instituciones sujetas a la Ley núm. 10-07 del Sistema Nacional de Control Interno, se haya registrado en la Contraloría General de la República.

3.       Gastos legales del contrato:

En este procedimiento de Contratación Simplificada los gastos de la legalización de firmas del contrato deberán ser asumidos por el Oferente que resulte adjudicado y discutido con el notario actuante en la licitación de acuerdo a lo establecido en la Ley de Notario No. 140-15.

4.       Vigencia del contrato

 La vigencia del Contrato será por una duración de Doce (12) MESES, a partir de la fecha de la suscripción de este que es el 05 de junio del 2026, hasta el 05 de junio del 2027 o hasta su fiel cumplimiento y liquidación.

5.       Supervisor o responsable del contrato

 

EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), ha designado como supervisor o responsable del contrato a: El Encargado del Departamento Administrativo.

 

6.       Entregas a requerimiento

EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), solicitará que el objeto de la contratación se cumpla mediante despachos periódicos. Por tanto, estos bienes no se requerirán en su totalidad de forma inmediata, sino con base en las entregas parciales, fraccionamiento que no afectará ni variará el monto del contrato adjudicado.

Todos los bienes adjudicados deben ser ejecutados conforme a las especificaciones técnicas solicitadas, así como en el lugar de entrega convenido con EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), siempre con previa coordinación con el responsable de recibir los servicios.

7.       Anticipo y Garantía de buen uso de anticipo

 El anticipo que le será otorgado al adjudicatario como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11, que asciende a 20% para los proveedores que no son MIPYMES y a un 30% si se trata de un oferente certificado como MIPYMES, se hará en un plazo no mayor de sesenta (60) días a partir de la firma del Contrato o certificación de mismo y contra presentación de una garantía de buen uso de anticipo de tipo [ Póliza de Seguro] que cubra la totalidad del Avance Inicial.

La garantía de buen uso de anticipo será devuelta cuando el(la) contratista demuestre que cumplió con todas las obligaciones del contrato. El monto máximo que será devuelto debe ser igual al monto dado como anticipo.

 

8.       Suspensión del contrato

 EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), podrá ordenar la suspensión temporal del contrato mediante acto administrativo motivado suscrito por la máxima autoridad y notificado al(la) contratista, por las causas que establece el artículo 153 de la Ley núm. 47-25 y bajo la formalidad que establece el artículo 196 del Reglamento 52-26.

La DGCP, también podrá ordenar la suspensión del contrato como resultado de una medida cautelar impuesta en el marco del conocimiento de un recurso, investigación o inhabilitación.

 

9.       Modificación de los contratos

 Toda modificación del contrato, sea unilateral o prevista en el pliego de condiciones, se formalizará a través de una enmienda con el contenido previsto en el artículo 191 del Reglamento núm. 52-26 y previo a realizarse cualquier prestación sustentada en la modificación deberá ser publicada en el SECP.

 

10.   Equilibrio económico y financiero del contrato

EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), adoptará todas las medidas necesarias para mantener las condiciones técnicas, económicas y financieras del contrato durante su ejecución. En el evento de que estas condiciones no se mantengan, puede dar paso a una ruptura del equilibrio económico y financiero del contrato, que afecte al contratista o a la institución, siempre que se origine por razones no imputables a la parte que reclama la afectación y que no tenía la obligación de soportar.

La afectación puede dar paso al derecho tanto al contratista como a EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), a procurar el restablecimiento del equilibro económico y financiero del contrato con sus correspondientes ajustes. No obstante, el hecho de que una de las causas que provocan la ruptura del equilibrio económico se materialice, no significa que, automáticamente, se ha podido comprobar el daño económico para quien lo invoque.

En ese sentido, para el restablecimiento del equilibro económico y financiero del contrato, quien lo invoque deberá demostrarlo y solicitarlo, conforme a los criterios y el procedimiento previsto en la Ley núm. Ley 47-25 y los artículos 193 y 194 del Reglamento núm. 52-26.

 

11.   Condiciones de pago y retenciones

La institución contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será [20 %, del valor del Contrato y este pago se hará en un plazo no mayor de sesenta (60) días a partir de la firma del Contrato o certificación del mismo y contra presentación de una Póliza de Seguro que cubra la totalidad del Avance Inicial. Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME, por concepto de avance recibirán el treinta por ciento (30%).

La suma restante será pagada en pagos parciales al proveedor, a partir del bien contratado. Estos pagos se harán en un período no mayor de [30 días hábiles] contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas de los bienes ofrecidos. No está permitido que el proveedor reciba el pago total de los bienes sin que el objeto del contrato se haya cumplido.

 

12.   Subcontratación

El contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 45% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorización de la institución contratante de acuerdo con el artículo 152 de la Ley núm. Ley 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.

El oferente, al momento de presentar su oferta, debe indicar el detalle de la adquisición de los bienes que subcontrataría y las personas físicas o empresas que suministrarán cada uno de ellos, quienes no podrán estar en el régimen de inhabilidades previsto en la núm. Ley 47-25; en el entendido, que el contratista será solidariamente responsable de todos los actos, comisiones, defectos, negligencias, descuidos o incumplimientos de los subcontratistas, de sus empleados o trabajadores.

13.   Recepción de los bienes

 Concluida la entrega de los bienes, el personal designado por la institución como responsable del contrato procederá a completar un acta de recepción provisional donde determine, a partir de las especificaciones técnicas, si los bienes adquiridos cumplieron o no con lo pactado.

Si el suministro de bienes fue acorde con las especificaciones técnicas, la institución deberá formalizarla mediante la recepción conforme en un plazo [7] días hábiles, a partir del día siguiente de notificada entrega de los bienes. El proveedor tiene derecho de intimar a la institución contratante la emisión de la recepción conforme, sino lo realiza en el referido plazo.

De existir cualquier anomalía con la entrega o posibles desperfectos o diferencias en los bienes ofertados y los recibidos por la entidad contratante, y se tenga tiempo suficiente para que el proveedor corrija las faltas antes de que se cumpla el período en que se necesita, la institución deberá notificar en un plazo de cinco (5) días hábiles, al proveedor para que subsane los defectos y proceda, en un plazo no superior a [5] hábiles, a la corrección de los errores detectados.

En los casos donde el proveedor no haya cumplido con la corrección en los bienes o en la entrega de los mismos, antes del período en que la institución lo requería, esta deberá notificar en un plazo de cinco (5) días hábiles, el acta de no conformidad con la recepción de los bienes y, conforme con el debido proceso, puede iniciar las medidas administrativas correspondientes por la falta del proveedor.

 

14.   Finalización del contrato

 El contrato finalizará por una de las siguientes condiciones que acontezca en el tiempo: a) Cumplimiento del objeto; b) por mutuo acuerdo entre las partes o; c) por las causas de resolución previstas en el artículo 157 de la Ley Núm. 47-25.

 

15.   Incumplimiento de contrato y sus consecuencias.

Se considerará incumplimiento del contrato las siguientes situaciones, sin perjuicio de aquellas contempladas en la normativa:

  1. La mora del proveedor en la entrega de los servicios por causas imputables a éste.
  2. El incumplimiento de la calidad de los servicios exigidos en las especificaciones técnicas, prevista en el presente pliego de condiciones.
  3. El suministro, prestación o entregas incompletas de las solicitadas y/o adjudicadas.

 El incumplimiento del contrato por parte del(la) proveedor podrá suponer una causa de resolución del mismo de conformidad con el artículo 157 de la Ley Núm. 47-25, y además el(la) contratista ser pasible de las siguientes sanciones previstas la Ley núm. 47-25, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que correspondan.

 

16.   Penalidades por retraso.

En caso de incumplimiento de la entrega a requerimiento de la entidad contratante, EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), podrá aplicar las sanciones previstas en la Ley 47-25y sus modificaciones, a saber:

1)  Advertencia escrita.

2)  Ejecución de las garantías.

3)  Penalidades establecidas en el pliego de condiciones.

4) Rescisión unilateral sin responsabilidad para la entidad contratante (EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA).

 

17.   Causas de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estado.

La institución contratante podrá solicitar a la Dirección General de Contrataciones Públicas el inicio de un procedimiento administrativo sancionador, contra el(la) oferente o contratista que ha cometido alguna de las infracciones regladas en los artículos 227, 228 y 229 que trata de la Responsabilidad solidaria de la Ley núm. 47-25.

El procedimiento administrativo sancionador por las infracciones administrativas descritas en los artículos 227 y 228 de la presente ley 47-25, podrá ser iniciado de oficio por la Dirección General de Contrataciones Públicas, o por denuncia interpuesta ante dicho órgano y se organizará bajo las reglas establecidas en el artículo 231 de la Ley 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.

 

SECCIÓN IV: GENERALIDADES

 

 

1.       Siglas y acrónimos

 

CAP Certificado de Apropiación Presupuestaria
CCPC Certificado de disponibilidad de cuota para comprometer
CCC

DAF

Comité de Compras y Contrataciones

Dirección Administrativa Financiera

DGCP Dirección General de Contrataciones Pública
PACC Plan Anual de Compras y Contrataciones
MAE Máxima Autoridad Ejecutiva
SECP Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
SNCP Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas
SIGEF Sistema de Información de la Gestión Financiera
UOCC Unidad Operativa de Compras y Contrataciones

 

 

2.       Definiciones

 

Para la implementación e interpretación del presente pliego de condiciones estándar, las palabras y expresiones que se citan tienen el siguiente significado:

  • Bienes: Los objetos de cualquier índole, incluyendo las materias primas, los productos, los equipos otros objetos en estado sólido, liquido o gaseoso, así como los servicios accesorios al suministro de esos bienes, siempre que el valor de los servicios no exceda del de los propios bienes.
  • Bienes Comunes: Son aquellos que pueden ser objetivamente definidos por el mercado, de forma sencilla y corriente debido a que son regularmente comprados y utilizados por el sector privado, o que tienen especificaciones técnicas y patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos.
  • Bienes no comunes: Son aquellos que por sus características y especificaciones especiales no pueden ser considerados como comunes, debido a su alto nivel de complejidad.
  • Ciclo de vida del producto: Se refiera a todas las fases consecutivas o interrelacionadas que sucedan durante su existencia de un producto, obra o servicio, desde la investigación y desarrollo, diseño, materiales utilizados, fabricación, comercialización, incluido el transporte, utilización y mantenimiento del producto o servicio, hasta que se produzca la eliminación, el desmantelamiento o el final de la vida útil.
  • Conflictos de Interés: Es aquella situación en la que el juicio del individuo (concerniente a su interés primario) y la integridad de una acción, tienden a estar indebidamente influidos por un interés secundario, de tipo generalmente económico o personal.
  • Debida Diligencia: Conjunto de procedimientos, políticas y gestiones mediante el cual los sujetos obligados establecen un adecuado conocimiento sobre el comité de compras y contrataciones, personal de las unidades operativas de compras y contrataciones.
  • Desglose de Precios Unitarios: La lista detallada de tarifas y precios que muestren la composición de cada uno de los precios de las partidas que intervienen en el Presupuesto Detallado.
  • Empresa vinculada: Empresa subsidiaria, afiliada y/o controlante. Se considera que una empresa es subsidiaria a otra cuando esta última controla a aquella, y es afiliada con respecto a otra u otras, cuando todas se encuentran bajo un control común.
  • Gestión de Riesgos: Es un proceso para identificar, evaluar, manejar y controlar acontecimientos o situaciones potenciales, con el fin de proporcionar un aseguramiento razonable respecto del alcance de los objetivos de la organización.
  • Informe pericial: Documento elaborado por una persona o grupo de personas en su calidad de peritos que contiene los resultados de sus indagaciones, evaluaciones, sus conclusiones y recomendaciones que servirá de sustento para deliberación y posterior decisión del órgano responsable de un proceso de contratación.
  • Oferente/proponente habilitado: Aquel que participa en el proceso de selección y resulta habilitado en la fase de Evaluación Técnica del Proceso.
  • Riesgo: Efecto de la incertidumbre sobre los objetivos. Puede ser positivo, negativo o ambos, y puede abordar, crear o resultar en oportunidades y amenazas.
  • Servicios: La prestación de actividades o serie de actividades cuyo objeto implica el desarrollo de prestaciones identificables para satisfacer necesidades de los entes y órganos relacionados con el normal cumplimiento de su función administrativa vinculada al interés general o como solución de problemas y necesidades de la institución contratante.
  • Especificaciones técnicas: Son aquellas que describen los bienes y las obras a contratar atendiendo estrictamente a lo requerido por la institución contratante para satisfacer una necesidad, con fundamento en estudios previos realizados, sin incluir características que tiendan a favorecer a una marca o a un tipo de oferente en particular, buscando generar la más amplia competencia posible entre oferentes de diversas marcas y productos que puedan satisfacerla.

 

 

3.       Objetivo y alcance del pliego

El presente pliego establece un conjunto de cláusulas jurídicas, económicas, técnicas y administrativas, por el que se fijan los requisitos, exigencias, facultades, derechos y obligaciones de las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que deseen participar en el procedimiento, Compra de Tickets Para Combustibles (Gasolina), convocado por el FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), con el número de Referencia: FEDA-CCC-CP-2026-0002, así como el debido proceso que será llevado a cabo para la recepción, evaluación y determinación de la oferta más conveniente para fines de adjudicación y suscripción del contrato.

El pliego de condiciones se encuentra organizado en función de las instrucciones que debe suministrarse a los(as) oferentes para que puedan elaborar sus ofertas, conozcan cómo serán evaluados y las características y condiciones del contrato a suscribir.

4.       Órgano y personas responsables del procedimiento de selección

Para la COMPRA DE TICKEST DE COMBUSTIBLE (Gasolina), contratación con el número de Referencia: FEDA-CCC-CP-2026-0002, el órgano responsable de la organización, conducción y ejecución es el CCC, que debe ser conformado dentro de la institución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Ley 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.

El CCC o la DAF, considerando los criterios de competencia, experiencia en el área y conocimiento del mercado, bajo los lineamientos del instructivo para la selección de peritos emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los peritos designados no podrán tener conflicto de interés potencial ni real con los oferentes ni con el objeto de la contratación.

Los peritos designados deberán suscribir, previo a evaluar las ofertas, una declaración de que no tienen conocimiento de ningún hecho que genere un conflicto de interés real, potencial o aparente conforme al Código de Pautas de Ética e Integridad del SNCCP.

Si se comprueba la existencia de un conflicto de interés la institución FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), podrá determinar si el conflicto no puede evitarse, neutralizarse, mitigarse o resolverse de otro modo, en cuyo caso el perito designado mediante acto motivado deberá ser sustituido y notificarse a los proponentes mediante circular del CCC, mediante el SECP.

Todas las comunicaciones y solicitudes que realicen los (las) oferentes serán dirigidas al CCC, como órgano deliberativo y decisorio de la compra o contratación de que se trate.

 

5.       Marco normativo aplicable

En este procedimiento de selección, el contrato y su posterior ejecución, para la aplicación de la normativa vigente en contrataciones públicas, su interpretación o resolución de controversias e investigaciones, se aplicará el siguiente orden de prelación:

  • Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre del 2024.
  • Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (DR-CAFTA).
  • Ley núm. 47-25 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras del 28 de julio del 2025.
  • Ley núm. 107-13 sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo de fecha 08 de agosto de 2013.
  • Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 47-25, aprobado mediante Decreto núm. 52-26 del 28 de enero de 2026;
  • Pliego de condiciones específicas, especificaciones técnicas, fichas técnicas, anexos, enmiendas y circulares;
  • Las ofertas y las muestras que se hubieren acompañado;
  • La Adjudicación y;
  • El contrato

 

De igual modo, les serán aplicables todas las normas, resoluciones, circulares, instructivos, guías u orientaciones emitidas por esta Dirección General, según corresponda.

6.       Interpretaciones

Para la interpretación del presente pliego y sus anexos, se siguen las siguientes reglas:

  • Cuando los términos están definidos en la normativa vigente o en el contrato, se interpretará en su sentido literal.
  • Las palabras o designaciones en singular deben entenderse igualmente al plural y viceversa, cuando la interpretación de los textos escritos lo requiera.
  • El término “por escrito” significa una comunicación escrita con prueba de recepción, acuse de recibido o realizada a través de la plataforma SECP.
  • Toda indicación a capítulo, numeral, inciso, circular, enmienda, formulario o anexo se entiende referida a la expresión correspondiente de este pliego, salvo indicación expresa en contrario. Los títulos de capítulos, formularios y anexos son utilizados exclusivamente a efectos indicativos y no afectarán su interpretación.
  • Las referencias a días se entenderán como días hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, domingos y feriados, de acuerdo con lo establecido en el párrafo I del artículo 20 de la Ley núm. 107-13 sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de procedimientos administrativos, salvo que expresamente se utilice la expresión de “días calendario”, en cuyo caso serán días calendario.

 

7.       Idioma

El idioma oficial del presente procedimiento es el castellano o español, por tanto, toda la correspondencia y documentos generados durante el procedimiento que intercambien el (la) interesado u oferente y el CCC deberán ser presentados en este idioma.

En ese sentido, se aclara para el (la) oferente que los documentos que acompañan sus ofertas deben presentarse en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por la autoridad competente, ya sea del país de procedencia o de la República Dominicana.

Cuando un(a) oferente no haya presentado la información traducida al idioma castellano, deberá aportarla durante la fase de subsanación.

8.       Disponibilidad y acceso al pliego de condiciones

El pliego de condiciones, así como los documentos que lo conforman (anexos, formularios, circulares, adendas/enmiendas, cronogramas de entrega, etc.) y el expediente electrónico, estarán disponibles para todas las personas interesadas, tanto en el SECP www.portaltransaccional.gob.do, como en la página web de la institución www.feda.gob.do a partir de la fecha de su convocatoria.

Constituye una obligación del(la) oferente consultar de manera permanente las precitadas direcciones electrónicas, sin perjuicio de acercarse a las instalaciones de la institución. No será admisible como excusa, el desconocimiento o desinformación por no consultar en tiempo oportuno.

 

9.       Conocimiento y aceptación del pliego de condiciones

Será responsabilidad del(la) oferente conocer todas y cada una de las implicaciones para el ofrecimiento del objeto del presente proceso de contratación, y realizar todas las evaluaciones que sean necesarias para presentar su propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de las características del negocio.

En caso de que los bienes a suministrar requieran de alguna instalación, los oferentes podrán realizar una visita técnica al lugar, de manera que obtengan por sí mismos y bajo su responsabilidad y riesgo, toda la información que pueda ser necesaria para preparar sus Ofertas. El hecho que los oferentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones bajo las cuales serán ejecutados los trabajos, no se considerará como argumento válido para posteriores reclamaciones ni causa de descalificación en caso de que la institución contratante lo prevea en el cronograma de actividades. El costo de esta visita será de exclusiva cuenta de los oferentes. La institución contratante suministrará, cuando sea necesario, los permisos pertinentes para efectuar las inspecciones correspondientes.

El solo hecho de un(a) oferente participar presentando oferta, implica pleno conocimiento, aceptación y sometimiento por sí mismo(a), por sus miembros, ejecutivos, y su representante legal, a los procedimientos, condiciones, estipulaciones y normativas, establecidos en el presente pliego de condiciones, el cual tiene carácter jurídicamente obligatorio y vinculante entre los(as) oferentes y la institución contratante.

Si el(la) oferente omite suministrar alguna parte de la información requerida o presenta una información que no se ajuste sustancialmente en todos sus aspectos al mismo, el riesgo estará a su cargo y el resultado podrá ser su descalificación o la nulidad del contrato si el caso lo amerita.

10.   Derecho a participar

Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, de manera individual o en consorcio, que tenga conocimiento de este procedimiento tendrá derecho a participar, siempre y cuando reúna las condiciones siguientes:

  • Demuestre su plena capacidad conforme a los requisitos exigidos en el artículo 37 de la Ley Núm. Ley Núm. 47-25;
  • No se encuentre afectado por el régimen de prohibiciones o inhabilidades indicado en el artículo 38 de la Ley Núm. 47-25;
  • Cumple con las condiciones de participación establecidas en este pliego de condiciones, adendas/enmiendas, circulares y en sus anexos (formularios, modelos de contratos, planos, presupuestos, estudios, ect, según aplique).

En cuanto a los consorcios, de conformidad con el párrafo del artículo 36 de la Ley núm. 47-25, las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

 

11.   Prácticas prohibidas

En el curso del procedimiento de selección la institución contratante puede advertir que alguno de los oferentes incumple alguna de las condiciones previstas en el numeral 11 sobre “Derecho a participar”, así como las prácticas corruptas o fraudulentas, comprendidas en el Código Penal o dentro de la Convención Interamericana contra la Corrupción, o cualquier acuerdo entre proponentes o con terceros, que establecieren prácticas restrictivas de la libre competencia como los acuerdos colusorios o carteles. También intentos de un Oferente/Proponente para influir en la evaluación de las ofertas o decisión de la adjudicación.

Lo anterior, serán causales determinantes del rechazo de la propuesta en cualquier estado del procedimiento de selección o de la rescisión del contrato, si éste ya se hubiere celebrado sin perjuicio de las demás acciones administrativas, civiles o penales que establezcan las normas; lo cual será documentado y motivado en el correspondiente informe de evaluación emitido por los peritos designados, según la fase en la que se encuentren. En ese tenor, la institución contratante deberá agotar el debido proceso y dejar constancia documental de la decisión de descalificación en el expediente de contratación.

12.   De los Comportamientos Violatorios, Contrarios y Restrictivos a la Competencia.

Los oferentes deberán respetar las disposiciones contenidas en la Ley núm. 42-08 promulgada en fecha 16 de enero de 2008 relativa a la Defensa a la Competencia, la cual tiene por objeto, con carácter de orden público, promover y defender la competencia efectiva para incrementar la eficiencia económica, así como las establecidas en la Ley núm. 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones. Las violaciones a la Ley núm. 42-08 y la de la Ley núm. 47-25, darán lugar a:

  1. La descalificación del oferente que lleve a cabo la conducta ya sea en condición de autor o cómplice de la misma.
  2. El rechazo de la propuesta presentada por el oferente responsable de la conducta en cuestión, ya sea en calidad de autor o cómplice, rechazo que podrá establecerse en cualquier etapa del procedimiento de selección o la contratación en sentido general.
  3. La rescisión del contrato por parte de la entidad contratante, más una acción en daños y perjuicios en contra del oferente por ante la jurisdicción competente.
  4. La denuncia del ilícito a las autoridades de defensa a la competencia a los fines de lugar.

De manera no limitativa, se entenderán como comportamientos violatorios, contrarios y restrictivos a la competencia los siguientes:

  1. Las prácticas concertadas y acuerdos anticompetitivos, conforme se establece en el artículo 5 de la Ley núm. 42-08.
  2. Concertación o coordinación de las ofertas o la abstención en este proceso.
  3. La participación de empresas que posean accionistas en común, mismo domicilio en común y la misma unidad productiva, teléfonos, correos electrónicos, propuestas idénticas, errores o escrituras similares presentados por estas, entre otras.
  4. El abuso de posición dominante, conforme se establece en el artículo 6 de la Ley núm. 42-08.
  5. La competencia desleal, conforme se establece en los artículos 10 y siguientes de la Ley núm. 42-08.
  6. Los precios predatorios ofertados en cualquier procedimiento de selección o en una contratación bajo las excepciones de la Ley núm. 47-25 y su reglamento de aplicación, siendo los precios predatorios, aquellos establecidos de una manera excesivamente baja, más allá de los costos razonables del oferente y que sin lugar a duda tienen por finalidad expulsar a los competidores fuera del mercado, o crear barreras de entrada para los potenciales nuevos competidores.
  7. Cualquier tipo de conducta anticompetitiva ejercida por los oferentes o por cualquier tercero, relacionada con el procedimiento de selección o una contratación bajo las excepciones de la Ley núm. 47-25.

En este sentido, la institución contratante se compromete dentro del marco del Programa de Cumplimiento Regulatorio en las Contrataciones Públicas (Si aplica), y, dando cumplimiento a las políticas emitidas por la DGCP, a realizar la Debida Diligencia, los fines de detectar los comportamientos violatorios a Ley núm. 47-25, así como la detección oportuna de los posibles conflictos de interés, y comportamientos contrarios y restrictivos a la libre competencia.

 

13.   Consultas, solicitud de aclaraciones y enmiendas

Las consultas, aclaraciones y observaciones las formularán los(as) interesados(as), sus representantes legales, o agentes autorizados a través del SECP, el correo electrónico de [email protected] o en físico mediante comunicación escrita presentada en la institución contratante dirigida al CCC dependiendo la modalidad de contratación, dentro del plazo previsto en el cronograma de actividades.

Las respuestas (ya sean a través de una circular, enmienda/adenda) serán publicadas por la institución contratante en el SECP en el plazo previsto en el cronograma. Así como por correo electrónico u otros medios, a todos quienes hayan mostrado interés en participar.

Ninguna aclaración verbal por parte de la institución podrá afectar el alcance y condiciones del pliego y sus anexos. Para estos efectos, sólo se tendrán como válidas las circulares/ adendas/ enmiendas que sean publicadas el SECP dentro del plazo permitido por la Ley y conforme al cronograma de actividades.

14.   Contratación pública responsable

En el(los) contrato(s) suscrito(s) derivado(s) del presente procedimiento de selección, EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARI (FEDA) exigirá que el contratista ejecute el contrato público de manera responsable cumpliendo con sus obligaciones fiscales y de seguridad social, con el régimen de seguridad y protección a sus trabajadores establecidas en las normas vigentes, con la participación y la inclusión laboral de las personas con discapacidad en sus nóminas de trabajo en los términos y porcentajes requeridos por la Ley núm. 5-13, sobre discapacidad en la República Dominicana y cualquier otra normativa vinculada a la promoción y protección de los Derechos Humanos. Así como también se exigirá el cumplimiento de las normas prevención, protección y uso sostenible del medio ambiente.

En caso de incumplimiento o violación por parte del contratista de sus obligaciones de contratación responsable EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARI (FEDA) otorgará un plazo razonable para que el Contratista implemente las medidas correctivas correspondientes. Vencido el plazo sin que se haya regularizado la actuación EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARI (FEDA) podrá declarar la resolución del contrato y el(la) contratista podrá ser pasible de las demás sanciones previstas en el artículo 140 de la Ley núm. 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que correspondan.

15.   Firma digital

 

En consonancia con las disposiciones del artículo 133 de la Ley núm. 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, el artículo 179 del Reglamento núm. 52-26, la Ley núm. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales, la Resolución núm. 206-2022, la Circular núm. 012415 del Ministerio de Administración Pública (MAP), la Circular núm. DGCP44-PNP-2022-0006 sobre implementación de la firma digital, y la Resolución núm. IN-CGR-2023-007173 que establece las Directrices sobre los documentos firmados digitalmente a ser admitidos en el proceso de registro de contratos por ante la Contraloría General de la República (CGR), todos los documentos que componen el expediente administrativo de la contratación podrán ser firmados digitalmente, incluidas las ofertas y la suscripción de los contratos.

 

16.   Reclamaciones, impugnaciones, controversias y competencia para decidirlas

 

Los(as) interesados(as) y oferentes tendrán derecho a presentar recursos administrativos como son los recursos de impugnación ante la institución contratante o recursos jerárquicos y solicitudes de investigación ante la DGCP, según corresponda, y en los términos o condiciones previstos en los artículos 204 y 207 en la Ley núm. 47-25 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.

A tales fines, los(as) interesados(as) podrán consultar los requisitos, condiciones y plazos para formalizar sus reclamos, así como las acciones disponibles, incluso para cuando la institución hace silencio administrativo y no responde en tiempo oportuno, accediendo a las “Guías para presentar Recursos, Denuncias y Solicitudes de Inhabilitación” disponibles en el portal institucional de la DGCP, en el apartado “Marco Legal” en el siguiente enlace https://www.dgcp.gob.do/sobre-nosotros/marco-legal/guias-del-sistema-nacional-de-compras-y-contrataciones-publicas-snccp/.

Los recursos administrativos son optativos, por lo que en cualquier caso el interesado u oferente podrá presentar reclamación ante la jurisdicción judicial.

Para los conflictos y controversias que susciten en la fase de ejecución contractual, entre la institución y el (la) contratista, la competencia está reservada para el Tribunal Superior Administrativo, en virtud del artículo 3 de la Ley 1494 de 1947 y cuando se trate de municipios, con excepción del Distrito Nacional y la provincia de Santo Domingo, se interpondrá un recurso contencioso administrativo municipal por ante el juzgado de primera instancia en atribuciones civiles del municipio.

 

17.   Anexos documentos estandarizados

El(la) oferente presentará sus ofertas a través de los formularios y documentos estándar determinados en el presente pliego, los cuales se anexan como parte integral del mismo, a los fines de facilitar la evaluación de las ofertas por parte de los(as) peritos designados(as).

Se aclara que, en el evento de que un(a) oferente no presente su oferta en alguno de estos documentos estandarizados, esto no será motivo de rechazo de su oferta, ni será obstáculo para que los peritos la evalúen. A continuación, se mencionan los documentos de este procedimiento:

  • Formulario de Información sobre el Oferente (SNCC.F.042)
  • Formulario de presentación de oferta técnica SNCC.F.034
  • Formulario de presentación de oferta económica SNCC.F.033
  • Modelo de Contrato de Suministro de Bienes (SNCC.C.023)
  • Formulario de Experiencia del Proveedor (SNCC.D.049)
  • Compromiso ético para oferentes del Estado.
  • Compromiso ético fechado y firmado por todos los miembros del comité de compras y contrataciones.